24 Sep Registro Estatal de Profesionales Sanitarios
La finalidad del Registro consiste en facilitar la adecuada planificación de los recursos humanos sanitarios de todo el Estado y la coordinación de las políticas sanitarias en materia de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud. Además, el carácter público de determinados datos del registro, contribuirá a generar mayor seguridad y confianza en los profesionales de nuestro sistema de salud. Pero, ¿cuál es procedimiento a seguir si nos solicitan estos datos?
Es necesario completar y firmar digitalmente la Solicitud de Alta en REPS y remitirlo a la dirección indicada (reps@msssi.es).
Los médicos que tengan consulta propia se consideran “Entidades” a estos efectos, por lo que deben cumplimentar la información como “Entidades”.
- Los profesionales con ejercicio autónomo y titulares de un centro sanitario con código REGCESS se consideran como entidades, por lo que deberán remitir directamente sus datos al REPS (Portal web específico ubicado en la web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad). Consulte la información de “Entidades”.
- En el caso de que el profesional autónomo mantenga una relación mercantil con un centro sanitario con código REGCESS, en el que presta sus servicios, será el centro sanitario el encargado de hacer la notificación. Para ello, en el campo “ Vinculación laboral ”, hará constar “Autónomo”.
Puedes consultar el Real Decreto 640/2014 de 25 de julio, por el que se regula el registro estatal de profesionales sanitarios a través del siguiente enlace.
Puedes descargar el formulario de inscripción de centros sanitarios a través del siguiente enlace.
Para acceder a la CIRCULAR SOBRE ACTUALIZACION DE DATOS AL REGISTRO ESTATAL DE PROFESIONALES SANITARIOS (REPS) de la OMC, pincha aquí.